El acoso sexual es cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

La Ley Orgánica para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres establece la obligación de los centros de promover las condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o por razón de sexo, y arbitrar procedimientos específicos para realizar las denuncias o reclamaciones de quienes lo sufran y para su prevención.

El acoso laboral hace referencia a aquellas conductas habituales dentro del ámbito de trabajo que, en su conjunto, provocan una situación de violencia psicológica contra una determinada persona. Designa actitudes abusivas que atentan contra la dignidad e integridad de la persona que las sufre. Pueden desarrollarse por alguien en un puesto jerárquico superior, equivalente o subordinado, y producirse de forma verbal, escrita o con gestos. El acoso laboral se rige por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Ejemplos de conductas que pueden constituir acoso laboral son la discriminación laboral, el aislamiento, el abuso en las condiciones para ejercer tareas, la sobrecarga de trabajo o la culpabilización.

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